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Buenas noticias para emisores del Complemento Carta Porte

27 de diciembre de 2021Blog, Cambios fiscales, Noticias y avisosJosé Armando Castillo Hernandez

En un comunicado oficial emitido el 24 de diciembre de 2021 (que podría interpretarse como el regalo de navidad por parte del SAT para los contribuyentes) se exponen 3 cambios de última hora…

En resumen:

  • Periodo de transición hasta el 31 de marzo de 2021
  • Se establece la NO obligación para camionetas de carga ligera y/o grúas que transiten por tramos locales (calles y avenidas)
  • Solo las autoridades federales son las encargadas de pedir el CCP (ni tránsito, ni policía local o estatal)
  • Quienes utilicen vehículos de carga ligera para transitar en un tramo cuya longitud de carretera federal no exceda los 30 kilómetros, no requieren emitir factura electrónica con complemento Carta Porte.
  • Para las operaciones de comercio exterior, la factura electrónica con complemento Carta Porte será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.

Puedes ir al detalle aquí: https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-informa-que-habra-un-periodo-de-transicion-para-emitir-correctamente-la-factura-concomplemento-carta-porte-sinmultasysanciones84-2021 o seguir leyendo este resumen.

Instancias y organismos cerrados por vacaciones

Respecto al periodo de «pruebas y errores», se otorga un periodo de transición desde el 1 de enero de 2022 al 31 de marzo del mismo año, esto obedece a la queja y dudas de millones de empresas que acudieron a las oficinas de diferentes organismos, pero YA ESTABAN CERRADOS, desde incluso antes del 15 de diciembre.

Dejar en claro que es un tema federal

El complemento carta porte deja de ser obligatorio para contribuyentes con traslado de mercancías en tramos locales, esto ya se asumía por el rubro de «tramos de carretera federal» agregado en varios párrafos de las preguntas frecuentes, pero no se había hecho público de forma clara.

Así también las autoridades que intervienen en las revisiones, los cuales consideran incompetentes (aclarando el término en fines jurídicos, significa que no es de su competencia o jurisdicción) a dependencias locales de tránsito y vialidad, ademas de las delegaciones de seguridad pública según apliquen… Solo autoridades federales podrán realizar revisión de este documento.

Un respiro para contribuyentes

Ahora los contribuyentes que entregan mercancías con tramos de carretera federal involucrados, pero estos no exceden los 30km., serán exentos de emitir el complemento, más no así cuando la distancia sea igual o mayor a 30km.

Comercio exterior sin complemento hasta el 31 de marzo de 2022

Para las operaciones de comercio exterior, será requerido de forma obligatoria dicho complemento hasta el 1 de abril de 2022.

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